BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
“BUENOS AIRES CHALLENGER”
1. Organizador: Esta promoción, denominada “Buenos Aires Challenger 2026 - Pasito” (en adelante, la “Promoción”), es organizada por Torneos y Competencias S.A., con domicilio en Balcarce 510, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).
2. Vigencia: La Promoción se desarrollará en el territorio de la República Argentina (en adelante, el “Territorio”), desde el día 2 de septiembre de 2026 y hasta el día 18 de septiembre de 2026 o hasta agotar el stock de beneficios disponible, lo que ocurra primero. (en adelante, el “Plazo de Vigencia”).
3. Participantes: Podrán participar de la Promoción todas las personas humanas mayores de dieciocho (18) años, residentes en la República Argentina, que se encuentren registradas en la aplicación https://www.pasito.app/ (en adelante “Pasito”) y cumplan con la mecánica de participación establecida en las presentes Bases. (en adelante, el/los “Participante o Participantes”), no encontrándose comprendidas en alguna de las causales de exclusión referidas en la cláusula siguiente.
4. Exclusiones: No podrán participar de la Promoción las personas jurídicas, personas humanas menores de 18 años, los empleados o directivos del Organizador, ni de sus sociedades o empresas vinculadas, sus Agencias de Promoción y publicidad, ni demás personas que el Organizador contrate para proveer cualquier producto o cualquier servicio relacionado con la Promoción y/o los empleados desvinculados por el Organizador hasta treinta (30) días previos al comienzo del Plazo de Vigencia de la Promoción, ni tampoco los cónyuges y los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de cualquiera de los anteriores mencionados, sea que lo hagan en nombre propio o por cuenta y orden de terceros.
5. Mecánica de Participación: Los usuarios registrados en la aplicación Pasito podrán acceder al Beneficio mediante el canje de la cantidad de puntos que la aplicación determine para la promoción "Buenos Aires Challenger 2026".
El canje deberá realizarse dentro del Plazo de Vigencia y conforme las condiciones informadas en la aplicación Pasito.
La presente Promoción es sin obligación de compra.
6. Asignación del Beneficio: Los beneficios serán asignados a los usuarios que efectúen correctamente el canje en la aplicación Pasito hasta agotar el stock disponible.
La asignación estará sujeta a la validación de los datos del usuario y al cumplimiento de las presentes Bases.
7. Beneficio: El Beneficio consistirá en entradas para asistir al torneo de tenis Buenos Aires Challenger (el “Evento”), que se desarrollará entre los días 20 y 27 de septiembre de 2026, en el Racket Club de Buenos Aires. El Organizador determinará las jornadas, fechas y partidos para los cuales resultarán válidas las entradas asignadas.
El stock total destinado a la Promoción será de hasta sesenta (60) entradas.
El Beneficio es personal, intransferible y no podrá ser canjeado por dinero, bienes o servicios de ninguna naturaleza.
8. Modificaciones: El Organizador podrá modificar aspectos operativos de la Promoción o ampliar su vigencia cuando circunstancias ajenas a su voluntad así lo justifiquen, siempre que ello no altere la esencia de la Promoción ni implique perjuicio para los participantes.
9. Condiciones para la asignación del Premio: El Organizador podrá requerir al Beneficiario: a) Presentar al Organizador una copia escaneada de su Documento Nacional de Identidad tanto de quien resulte Ganador, como de los beneficiarios de Premio; b) correo electrónico y c) cumplir con las demás condiciones que para la asignación de los Premios que se establecen en estas Bases.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en estas Bases para la asignación del Premio hará perder automáticamente a los Beneficiarios el derecho a su asignación, sin derecho a reclamo alguno.
10. Entrega de Beneficio: Las entradas serán enviadas por correo electrónico al usuario que hubiera efectuado correctamente el canje, a la dirección de correo electrónico informada en la aplicación Pasito o a aquella que el usuario indique al momento del canje.
El Organizador no será responsable por errores en los datos suministrados por los usuarios ni por cualquier inconveniente derivado de la recepción del correo electrónico.
11. Impuestos y gastos: Será a cargo del beneficiario todo impuesto que deba tributar sobre o con relación al Premio y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al Estado Nacional, provincias o municipalidades con motivo de la realización de la Promoción. Todo gasto que pudiera surgir en relación o como consecuencia de haber sido acreedor del Premio será a exclusivo cargo del Beneficiario, así como también cualquier otro gasto adicional que no se encuentre expresamente previsto en estas Bases. Todos los gastos, impuestos, contribuciones y tributos que surgieran con motivo u ocasión de participación en esta Promoción, la asignación, recepción y efectivización del Beneficio, serán a cargo del beneficiario. Todo impuesto actual o futuro que grave al Beneficio y todo gasto en que por cualquier concepto incurra al ganador, serán a su exclusivo cargo.
12. Responsabilidad: El Organizador no será responsable por ningún daño (personal o material), perjuicio o pérdida de cualquier tipo que fuere (directa, indirecta y/o consecuente) que pudieran sufrir los Participantes, Beneficiarios y/o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de su participación en la Promoción y/o adquisición del Beneficio y/o utilización de este una vez que este haya sido obtenido.
Se deja constancia de que, en el caso de surgir circunstancias no imputables al Organizador, no previstas en estas Bases o que constituyan a un caso fortuito o de fuerza mayor, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, y no será responsable por ningún daño o perjuicio derivado por dicha causa.
13. Notificación de condición de Beneficiario: Los usuarios que obtengan válidamente el Beneficio serán notificados a través de la aplicación Pasito y/o mediante correo electrónico.
Las notificaciones que hayan sido de cualquier modo alteradas o adulterados o en las que no obren en los registros de seguridad previstos en estas Bases o que no hayan sido registradas en el Software o en las que se mencionan Beneficios distintos de los listados en estas Bases o que hayan sido obtenidas ilegalmente o de cualquier otro modo diferente al establecido en estas Bases. Ante la pérdida del derecho a la asignación del Beneficio por cualquiera de las causales previstas en estas Bases, el Beneficio correspondiente será considerado como no asignado. Los Beneficios no asignados si los hubiere, quedarán en propiedad del Organizador.
14. Datos Personales: Por el sólo hecho de participar, los Participantes declaran expresamente que entienden que los datos personales proporcionados al Organizador a fin de su participación en la Promoción serán aplicados a fin de administrar su participación en la Promoción y que, además podrán ser utilizados para realizar acciones promocionales o de marketing directo. Asimismo, como condición para la asignación de los Beneficios, los Beneficiarios autorizan al Organizador a difundir y usar sus datos personales con fines comerciales y publicitarios, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años posteriores a su finalización. Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nro. 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con la relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. Art 27, inc. 3 de la Ley 25.326: "El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo". Art 27, 3er párrafo de Decreto 1558/0: "En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información".
15. Prohibición de Comercialización: Las entradas asignadas en el marco de esta Promoción no podrán ser vendidas, revendidas, subastadas, intercambiadas ni utilizadas con fines comerciales bajo ninguna circunstancia. La detección de cualquiera de estas conductas facultará al Organizador a cancelar inmediatamente el Beneficio asignado. Esta limitación resulta consistente con el destino promocional de las entradas entregadas para la acción.
16. Trampas, fraudes y engaños: El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción como así también no otorgar el Beneficio a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante. Queda prohibida la utilización de script, macro, bots o cualquier otro sistema automatizado, software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados para participar de la Promoción. Asimismo, se prohíbe a los usuarios participar en la Promoción utilizando más de un tipo, versión o copia de software de navegación por vez. En caso de que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión. El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante que defraude, altere, utilice maliciosa o abusivamente o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción, sin necesidad de previo aviso. En caso de detectar un uso fraudulento en la Promoción el Organizador podrá modificar estas Bases en lo que fuera pertinente.
17. Aceptación de las Bases: La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases y de todas sus condiciones, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.
18. Disponibilidad de las Bases: Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia en el sitio web https://www.pasito.app/_________
19. Legislación aplicable y Jurisdicción: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre los Participantes, potenciales beneficiarios, ganadores y el Organizador, se regirá por las leyes de la República Argentina. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, se someterá a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o cualquier otro que resulte competente a elección del participante de acuerdo a la legislación vigente.
Autorización de uso de imagen y voz
Todos los Participantes autorizan al Organizador a utilizar su imagen y voz para publicitar el evento en cualquier medio (incluyendo, sin limitación, internet, televisión, cine, radio y medios gráficos) en la forma en que el Organizador considere más conveniente y sin que esto genere derecho a compensación de ningún tipo al Participante. La autorización de uso de imagen y voz de los Participantes se concede por un plazo de 12 meses desde la realización del evento. La revocación de la autorización para el uso de la imagen y/o voz implicará la exclusión del Participante del Evento.





























